- Durante el periodo de prueba el trabajador tendrá los derechos y obligaciones correspondientes al puesto de trabajo, tal como si fuera perteneciente a planilla, excepto los derivados de la resolución de la relación laboral.
- Transcurrido el periodo de prueba sin que se haya producido el desistimiento, el contrato producirá plenos efectos, computándose el tiempo de los servicios prestados en la antigüedad del trabajador en la empresa.
- Las situaciones de incapacidad temporal, maternidad, y adopción o acogimiento, que afecten al trabajador durante el período de prueba interrumpen el cómputo del mismo siempre que se produzca acuerdo entre ambas partes
Periodo de prueba
Se podrá establecer un periodo de prueba se consideran los siguientes puntos:
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